En Canarias los autónomos no pagan IVA: aplican el IGIC al 7%. Además el REF canario y la ZEC ofrecen ventajas fiscales únicas en Europa. Todo lo que necesitas saber.
Las Palmas de Gran Canaria es la ciudad con el régimen fiscal más ventajoso de España y uno de los más favorables de toda la Unión Europea. Esto se debe al REF (Régimen Económico y Fiscal de Canarias), un marco fiscal especial con raíces históricas que la UE ha autorizado y que incluye varios beneficios únicos.
Para los autónomos, la diferencia más inmediata es el IGIC: en lugar del IVA general del 21% (peninsular), en Canarias se aplica el IGIC al 7% general. Esto reduce la carga fiscal sobre el consumo, mejora el flujo de caja y hace a los autónomos canarios más competitivos en precio frente a clientes locales.
| Concepto | Canarias (IGIC) | Península (IVA) |
|---|---|---|
| Tipo general de IVA/IGIC | 7% | 21% |
| Tipo reducido | 3% | 10% |
| Tipo superreducido | 0% | 4% |
| Modelo trimestral de IVA/IGIC | Modelo 420 | Modelo 303 |
| Impuesto sobre Sociedades (ZEC) | 4% | 25% |
| Cuota RETA (Seguridad Social) | Igual que península | — |
| IRPF | Tramo autonómico Canarias | Tramo CC.AA. correspondiente |
Organismos de referencia en Las Palmas: Delegación de la AEAT de Las Palmas (C/ Luis Doreste Silva, 16), Agencia Tributaria Canaria — ATC (C/ León y Castillo, 200), Dirección Provincial de la Seguridad Social de Las Palmas (C/ Triana, 38).
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