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Fiscal

Tramos del IRPF para autónomos en 2026: cuánto se paga

Publicado en abril de 2026 · 8 min de lectura

El IRPF es el impuesto que más dinero te va a costar como autónomo, y también el que más confusión genera. A diferencia de un trabajador por cuenta ajena, a ti nadie te retiene automáticamente cada mes. Eres tú quien gestiona los pagos a Hacienda, quien calcula lo que debes y quien debe cuadrar las cuentas al presentar la renta en junio. Si no entiendes cómo funcionan los tramos y qué pagas realmente, acabas llevándote sustos —o pagando más de lo necesario.

En este artículo te explicamos los seis tramos del IRPF vigentes en 2026, cómo calcular tu tipo efectivo real con un ejemplo práctico, qué reducciones puedes aplicar y cómo encaja el modelo 130 trimestral con la declaración anual.

El IRPF para autónomos: por qué es diferente

Un asalariado ve cómo mes a mes su empresa le retiene una parte del sueldo en concepto de IRPF. Cuando llega junio, esa retención acumulada se compara con lo que le toca pagar según su renta real: si retuvo de más, Hacienda le devuelve; si retuvo de menos, paga la diferencia.

Como autónomo, ese mecanismo no existe de forma automática. Tú facturas sin que nadie te retenga en origen —salvo que tus clientes te apliquen retención en las facturas, algo que veremos más adelante. Esto significa que tienes la responsabilidad de:

Si los pagos fraccionados que hiciste superan lo que te corresponde pagar en la renta, Hacienda te devuelve la diferencia. Si quedaste corto, tendrás que abonar el resto. De ahí la importancia de entender cómo funcionan los tramos: para que la cifra de la renta no te pille desprevenido.

Los 6 tramos del IRPF en 2026

Los tramos del IRPF aplicables en 2026 son los mismos que en 2025, ya que no hubo modificaciones legislativas en la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que afectaran a la escala general. Estos son los tipos estatales y autonómicos combinados más habituales:

Tramo de base liquidable Tipo aplicable Cuota máxima del tramo
Hasta 12.450 € 19% 2.365,50 €
De 12.450 € a 20.200 € 24% 1.860,00 €
De 20.200 € a 35.200 € 30% 4.500,00 €
De 35.200 € a 60.000 € 37% 9.176,00 €
De 60.000 € a 300.000 € 45% 108.000,00 €
Más de 300.000 € 47%

Estos porcentajes corresponden a la suma del tipo estatal y el tipo autonómico promedio. Según la comunidad autónoma en la que residas, el tipo autonómico puede variar ligeramente, aunque las diferencias en los tramos bajos y medios son pequeñas en la mayoría de regiones.

Atención: tipo marginal no es tipo efectivo

Este es el error más frecuente entre autónomos. Si tu rendimiento neto llega a 36.000€ y ves que estás en el tramo del 37%, no significa que pagues el 37% de todo lo que ganas. Solo pagas el 37% por los 800€ que superan el umbral de 35.200€. Los primeros 12.450€ tributan al 19%, el siguiente tramo al 24%, y así sucesivamente. Tu tipo efectivo real —lo que pagas sobre el total— acaba siendo bastante inferior al marginal.

Ejemplo práctico: autónomo con 30.000 € de rendimiento neto

Vamos a calcular paso a paso cuánto IRPF paga un autónomo con un rendimiento neto de actividad de 30.000 €, antes de aplicar reducciones personales. Asumimos una base liquidable general de 30.000 € (en la siguiente sección veremos cómo reducirla).

Tramo Base en ese tramo Tipo Cuota
0 € – 12.450 € 12.450 € 19% 2.365,50 €
12.450 € – 20.200 € 7.750 € 24% 1.860,00 €
20.200 € – 30.000 € 9.800 € 30% 2.940,00 €
Total cuota íntegra 30.000 € 7.165,50 €

La cuota íntegra asciende a 7.165,50 €. Sobre 30.000€, eso supone un tipo efectivo del 23,9%. Estás en el tramo del 30%, pero no pagas el 30% de todo: pagas menos de un 24% de media.

Ahora bien, sobre esta cuota íntegra todavía se aplican las deducciones personales (mínimo personal, familiar, etc.) que reducen la cifra final a pagar. En la práctica, la mayoría de autónomos con 30.000€ de rendimiento neto acaban pagando entre 4.500 y 6.000€ de IRPF neto, dependiendo de su situación personal y autonómica.

Qué reduce tu base imponible

El IRPF no se calcula sobre tus ingresos brutos, ni siquiera sobre tu rendimiento neto de actividad directamente. Hay varias reducciones que puedes aplicar antes de llegar a la base liquidable:

Mínimo personal

Todo contribuyente tiene derecho a un mínimo personal de 5.550 €. Este importe no tributa, lo que supone un ahorro de entre 1.054 y 1.665€ en cuota según el tramo en el que estés.

Mínimo familiar

Si tienes hijos menores de 25 años a tu cargo o ascendientes mayores de 65 años que convivan contigo y no superen cierto nivel de renta, puedes aplicar mínimos adicionales que van de los 2.400€ anuales por el primer hijo hasta cantidades superiores por discapacidad u otras circunstancias.

Gastos deducibles de la actividad

Antes de calcular el rendimiento neto, ya has restado tus gastos de actividad. Los más relevantes para autónomos son:

La diferencia entre ingresos y gastos deducibles es lo que Hacienda llama rendimiento neto de actividad, que es la base sobre la que aplica los tramos que hemos visto.

Cómo se paga: modelo 130 y la renta anual

El IRPF de los autónomos se liquida en dos fases complementarias:

Fase 1: pagos fraccionados con el modelo 130

Cada trimestre (con fecha límite el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero del año siguiente) debes presentar el modelo 130 e ingresar el 20% del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, descontando lo que ya ingresaste en trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado.

Por ejemplo: si en los tres primeros trimestres tuviste un rendimiento neto acumulado de 22.000€ y no tienes retenciones, el cálculo es 22.000 × 20% = 4.400€ totales a pagar entre esos tres trimestres.

Calcula tu pago fraccionado del IRPF

Usa nuestra calculadora del modelo 130 para saber exactamente cuánto debes ingresar este trimestre según tus ingresos y gastos. Ir a la calculadora →

Fase 2: la declaración de la renta

Entre abril y junio de cada año presentas la declaración de la renta del ejercicio anterior. En ella se calcula el IRPF definitivo sobre tus ingresos totales del año. Si la suma de tus pagos fraccionados (modelo 130) más las retenciones que te practicaron supera lo que realmente te toca pagar, Hacienda te devuelve la diferencia. Si quedaste corto, debes abonar el resto.

Es habitual que autónomos que han tenido un año con ingresos más bajos de lo esperado, o que han acumulado muchos gastos, vean que la renta les sale a devolver.

La retención en facturas: cuándo puedes evitar el modelo 130

Si facturas a empresas o profesionales, tu cliente puede aplicarte una retención del 15% directamente en la factura (o del 7% en los dos primeros años de actividad). Esa retención la ingresa el cliente en Hacienda en tu nombre.

La ventaja: si el 70% o más de tus ingresos del año llevan retención, puedes quedar exento de presentar el modelo 130. Hacienda entiende que ya se están haciendo pagos anticipados suficientes a través de las retenciones de tus clientes.

Para acogerte a esta exención debes comunicarlo en el modelo 130 del primer trimestre del año (o al inicio de actividad). Si facturas principalmente a particulares, esta opción no aplica y tendrás que presentar el 130 con normalidad.

Es importante no confundir las retenciones en facturas con el IRPF que realmente debes: son pagos a cuenta. Si las retenciones acumuladas no cubren tu cuota anual, tendrás que pagar la diferencia en la renta. Si la superan, te devolverán.

Reducción por inicio de actividad

Los autónomos que acaban de empezar tienen un beneficio fiscal interesante: la reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo durante los dos primeros años en que la actividad genere beneficios. No se aplica por los dos primeros años desde el alta, sino por los dos primeros años con rendimiento neto positivo.

Esta reducción puede suponer un ahorro considerable, especialmente si en los primeros años ya tienes ingresos relevantes. Para aplicarla, no debes haber ejercido ninguna actividad económica en el año anterior al inicio.

Otras reducciones a tener en cuenta

Recursos oficiales

Para profundizar o resolver dudas concretas sobre tu situación, los recursos oficiales más relevantes son:

Recuerda que las circunstancias personales de cada autónomo son distintas: el tipo efectivo que pagas depende de tus ingresos, tus gastos deducibles, tu situación familiar y tu comunidad autónoma. Si tienes dudas sobre tu caso concreto, lo más recomendable es revisarlo con un asesor fiscal.

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