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IVA intracomunitario para autónomos en España 2026

Abril 2026 · 7 min lectura

Si tienes clientes en otros países de la Unión Europea, probablemente te hayas preguntado si debes o no aplicar IVA en la factura. La respuesta es: depende de si el cliente tiene NIF-IVA intracomunitario. Este artículo explica cómo funciona, qué trámites necesitas y cómo evitar los errores más comunes.

¿Qué es el IVA intracomunitario?

El IVA intracomunitario regula las operaciones de compraventa de bienes y servicios entre empresas y autónomos de distintos países de la UE. El principio fundamental es la inversión del sujeto pasivo: cuando vendes servicios a una empresa de otro Estado miembro de la UE, no aplicas IVA español. Es el cliente quien declara el IVA en su propio país.

Esto evita que el IVA se aplique dos veces y facilita el comercio dentro del mercado único europeo. Para que funcione, ambas partes deben estar registradas como operadores intracomunitarios.

¿Cuándo debes facturar sin IVA a un cliente de la UE?

Solo puedes emitir facturas sin IVA español a un cliente de la UE si se cumplen estas condiciones:

  1. El cliente es una empresa o profesional (no un particular).
  2. El cliente tiene un NIF-IVA intracomunitario válido en su país.
  3. Tú estás registrado en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) español.
  4. Has verificado el NIF-IVA del cliente en VIES antes de emitir la factura.

Si el cliente de la UE es un particular (sin NIF-IVA), debes aplicarle IVA español del 21% como a cualquier cliente nacional.

El Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)

El ROI es el censo de empresas y autónomos españoles que realizan operaciones con otros países de la UE. Sin estar dado de alta en el ROI no puedes emitir facturas sin IVA a clientes europeos legalmente.

Tu número en el ROI es tu NIF con el prefijo ES: por ejemplo, ES12345678A. Este es el número que le das al cliente para que lo verifique en VIES y que él incluya en su declaración de IVA.

Cómo registrarse en el ROI

  1. Rellena el Modelo 036 (Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores).
  2. Marca la casilla 582 ("Alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios").
  3. Indica la primera operación prevista (venta de servicios a empresa de la UE).
  4. Presenta el modelo en la sede electrónica de la AEAT o en tu delegación.

La AEAT suele resolver en pocos días hábiles. Una vez aprobado, tu NIF-IVA aparece como válido en VIES. Puedes verificar tu propio NIF-IVA en la web de VIES antes de empezar a facturar.

Consejo Regístrate en el ROI antes de emitir la primera factura intracomunitaria, no después. Si emites la factura sin IVA sin estar dado de alta, Hacienda puede exigirte el IVA no repercutido.

Cómo verificar el NIF-IVA del cliente en VIES

VIES (VAT Information Exchange System) es el sistema de la Comisión Europea que permite verificar si un NIF-IVA es válido. Pasos:

  1. Accede a la web de VIES del Ministerio de Hacienda o directamente a ec.europa.eu/taxation_customs/vies.
  2. Selecciona el país del cliente e introduce su NIF-IVA.
  3. Descarga o imprime el justificante de la verificación y guárdalo junto a la factura.

Es fundamental hacer esta verificación para cada operación y conservar el justificante. Si Hacienda cuestiona la factura, el justificante de VIES es tu prueba.

Cómo emitir la factura sin IVA a un cliente de la UE

La factura intracomunitaria debe cumplir los mismos requisitos que cualquier factura española, más estos elementos específicos:

El Modelo 349: declaración recapitulativa

Además del Modelo 303 (IVA trimestral), las operaciones intracomunitarias deben declararse en el Modelo 349. Este modelo informa a Hacienda de todas las ventas y compras realizadas con operadores intracomunitarios.

PeriodicidadCondiciónPlazo
TrimestralImporte anual ≤ 50.000 € en los 4 últimos trimestres20 días después del trimestre
MensualImporte anual > 50.000 € en el trimestre en curso20 días después del mes

Si en un trimestre no has tenido operaciones intracomunitarias, no tienes que presentar el 349 (salvo obligación mensual). No confundas el 349 con el 303: el 303 incluye el IVA español; el 349 informa de operaciones con la UE sin IVA.

Las operaciones intracomunitarias y el Modelo 303

Aunque la factura intracomunitaria vaya sin IVA, debes incluirla en el Modelo 303 trimestral. La base imponible se declara en las casillas de operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo (casillas 59–61 o equivalentes según el tipo de operación). No genera cuota de IVA a pagar, pero sí debes declararla.

Resumen: IVA según el tipo de cliente extranjero

Tipo de clienteIVA en facturaModelo 349
Empresa UE con NIF-IVA válidoSin IVA (inversión sujeto pasivo)
Particular de la UE (sin NIF-IVA)IVA español 21%No
Empresa o particular fuera de la UESin IVA (exportación de servicios)No (pero sí 303)
Recuerda Para clientes fuera de la UE (EE.UU., Latinoamérica, etc.) también facturas sin IVA, pero por diferente razón: se trata de una exportación de servicios, no de una operación intracomunitaria. No necesitas el ROI para este caso, y no hay Modelo 349, pero sí debes declararlo en el 303.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puede un autónomo facturar sin IVA a un cliente de la UE?
Cuando el cliente es empresa o profesional de la UE con NIF-IVA válido verificado en VIES, y tú estás registrado en el ROI. Si el cliente de la UE es particular (sin NIF-IVA), aplicas IVA español del 21%.
¿Qué es el ROI y cómo me registro?
El Registro de Operadores Intracomunitarios es el censo de autónomos y empresas españolas que operan con la UE. Para registrarte, presenta el Modelo 036 marcando la casilla 582. La AEAT resuelve en días hábiles. Sin estar en el ROI no puedes emitir facturas sin IVA intracomunitario.
¿Qué es el Modelo 349 y cuándo se presenta?
La declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Trimestral si el importe anual es ≤ 50.000 €, mensual si lo supera. Se presenta aunque no haya habido operaciones ese trimestre si ya se tuvo actividad previa.
¿Qué pasa si facturo sin IVA y el NIF-IVA del cliente no es válido?
Hacienda puede exigirte el IVA no repercutido más intereses y sanciones. Verifica siempre el NIF-IVA en VIES y guarda el justificante de cada verificación junto a la factura correspondiente.
¿Las operaciones intracomunitarias afectan al Modelo 303?
Sí. Aunque la factura vaya sin IVA, debes declarar la base imponible en las casillas correspondientes del 303 (operaciones no sujetas por reglas de localización). No genera cuota a pagar, pero es obligatorio informarla.

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