El IVA no siempre es el 21%. En España existen tres tipos — 21%, 10% y 4% — y aplicar el incorrecto en tus facturas puede acarrear sanciones de Hacienda. Esta guía recoge qué productos y servicios se acogen al tipo reducido o superreducido y, crucialmente, qué diferencia hay entre IVA reducido y exención de IVA.
Los tres tipos de IVA en España
| Tipo | % | Ejemplos |
| General | 21% | La mayoría de servicios profesionales, electrónica, ropa, software |
| Reducido | 10% | Hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva, espectáculos |
| Superreducido | 4% | Pan, leche, huevos, frutas/verduras, libros, periódicos, medicamentos con receta |
IVA reducido del 10%: la lista completa
- Hostelería y restauración: servicios de restaurantes, bares y entrega de comida a domicilio (no bebidas alcohólicas ni refrescos azucarados, que van al 21%).
- Transporte de viajeros: billetes de tren, autobús, avión, metro y taxi para desplazamiento de personas.
- Vivienda nueva: entregas de edificaciones de uso residencial (primera transmisión del promotor al comprador).
- Rehabilitación de viviendas: obras de rehabilitación y renovación en viviendas de uso particular (con requisitos de antigüedad y materiales).
- Espectáculos culturales: desde 2025, los conciertos de música en vivo y espectáculos teatrales pueden beneficiarse del tipo reducido del 10% (antes era 21%).
- Flores, plantas ornamentales y semillas destinadas a la alimentación animal.
- Medicamentos de uso veterinario.
- Gafas y lentillas graduadas y productos sanitarios para personas con discapacidad.
- Entradas a museos, parques zoológicos y salas de exposiciones de entidades no lucrativas.
Las bebidas alcohólicas siempre van al 21%
Aunque sirvas comida al 10% en tu restaurante o bar, las bebidas alcohólicas tributan al 21%. Deben figurar en la factura o ticket separadas si el sistema lo permite, o al menos claramente identificadas para aplicar los tipos correctos.
IVA superreducido del 4%: la lista completa
- Alimentos básicos: pan, harinas panificables, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y cereales.
- Libros, periódicos y revistas físicos y digitales (ebooks desde 2017), siempre que no contengan fundamentalmente publicidad.
- Medicamentos de uso humano dispensados con receta médica, así como fórmulas magistrales.
- Vehículos para personas con movilidad reducida y sillas de ruedas.
- Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad.
- Viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública.
IVA exento: distinto a IVA reducido
La exención de IVA no es un tipo del 0% — es una categoría diferente con consecuencias importantes: el prestador no puede deducirse el IVA de sus gastos relacionados con la actividad exenta.
Actividades exentas de IVA más relevantes para autónomos:
- Enseñanza: clases particulares de materias del sistema educativo (no se extiende a todos los servicios formativos).
- Asistencia sanitaria: servicios médicos, odontológicos, fisioterapia y otros prestados por profesionales sanitarios titulados.
- Servicios financieros y seguros.
- Arrendamiento de vivienda para uso exclusivo residencial.
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