Preguntas frecuentes
¿Qué es la pluriactividad de un autónomo?
Se produce cuando una persona está dada de alta simultáneamente en el Régimen General de la Seguridad Social (como trabajador por cuenta ajena) y en el RETA (como autónomo). Es habitual entre empleados que montan un negocio paralelo o profesionales que combinan trabajo en empresa con encargos freelance.
¿En qué consiste la bonificación por pluriactividad?
El artículo 313 del TRLGSS permite a los nuevos autónomos en situación de pluriactividad una bonificación del 50% sobre la cuota RETA durante los primeros 18 meses, y del 25% durante los meses 19 al 24. Esta bonificación se aplica sobre la base mínima de cotización del tramo correspondiente.
¿Es compatible con la tarifa plana de €80/mes?
No. La bonificación por pluriactividad y la tarifa plana (cuota reducida) son incompatibles entre sí: solo puedes aplicar una. Para ingresos bajos, la tarifa plana de €80 es normalmente más ventajosa el primer año; para ingresos más altos donde la base de cotización es mayor, la bonificación del 50% puede suponer un ahorro mayor. Compara ambas opciones antes de elegir.
¿Tengo derecho a devolución de cotizaciones al final del año?
Sí. Si la suma de las cotizaciones aportadas en el Régimen General y en el RETA supera el tope máximo de cotización anual, la Seguridad Social devuelve el exceso al autónomo. Este trámite se realiza automáticamente, aunque conviene solicitarlo expresamente si no se ha tramitado de oficio.
¿Qué pasa con el IRPF cuando tengo pluriactividad?
En el IRPF, los rendimientos del trabajo (nómina) y los rendimientos de actividades económicas (autónomo) se suman en la base imponible general. Esto puede subir tu tipo marginal. Si tu empresa ya te retiene IRPF y además tienes retenciones en tus facturas de autónomo, probablemente tengas que pagar poco o nada en renta. Usa la calculadora IRPF de Contratia para estimarlo.