¿Las facturas de un community manager llevan retención de IRPF?
Sí, si el cliente es empresa o autónomo español. La retención general es del 15%; en los primeros tres años de actividad puedes aplicar el 7%. Los clientes particulares no retienen. Los clientes extranjeros tampoco retienen IRPF español, por lo que debes liquidarlo tú con el Modelo 130 cada trimestre.
¿Un community manager puede facturar sin IVA a clientes extranjeros?
Sí. Clientes de la UE con NIF intracomunitario: sin IVA español (inversión del sujeto pasivo), operación a declarar en el Modelo 349. Clientes de fuera de la UE: sin IVA al ser exportación de servicios. En ambos casos la base va en el Modelo 303.
¿Qué herramientas puede deducirse un community manager autónomo?
Las suscripciones de uso profesional son deducibles al 100%: Hootsuite, Buffer, Metricool, Canva Pro, Adobe CC, herramientas de analítica, gestores de publicidad, plataformas de diseño. También formación en social media y marketing digital. El equipo informático (ordenador, cámara, micrófono) se amortiza al 25% anual.
¿Conviene más cobrar por retainer o por proyecto?
El retainer mensual aporta estabilidad de ingresos y es ideal para gestión orgánica continuada. El cobro por proyecto es más adecuado para campañas puntuales, lanzamientos o auditorías. Lo habitual es combinar ambos: retainer para gestión básica + presupuesto separado para publicidad pagada, especificado en el contrato.
¿Un community manager tiene que presentar el Modelo 130?
Sí, si tiene clientes que no retienen (particulares, extranjeros) o si las retenciones anuales son inferiores al 70% de los ingresos. Si todos tus clientes son empresas españolas y te retienen el 15%, técnicamente podrías estar exento, pero es más seguro presentarlo siempre.