¿Qué IVA aplica un fotógrafo freelance en sus facturas?
El tipo general del IVA para servicios fotográficos es el 21%. Si el cliente es una empresa de otro país de la UE con NIF intracomunitario, la factura puede ir sin IVA español (inversión del sujeto pasivo). Si el cliente es de fuera de la UE, tampoco aplica IVA español.
¿Puede un fotógrafo deducirse la cámara y el equipo?
Sí. La cámara, objetivos, flash, trípodes y drones son deducibles como activos afectos a la actividad. Se amortizan al 25% anual (4 años) al ser equipos electrónicos. El software de edición (Lightroom, Capture One) también es deducible al 33% anual. El porcentaje de uso profesional respecto al personal debe ser justificable.
¿Cuánto cobra un fotógrafo freelance en España?
Las tarifas varían por especialidad: fotografía de producto 40–80 €/hora, reportaje de bodas 800–2.500 € el evento, fotografía corporativa 500–1.500 € la sesión, fotografía editorial 200–600 € la sesión. Usa la calculadora para ver el mínimo que necesitas según tus gastos fijos.
¿Necesito contrato para cada sesión fotográfica?
Para sesiones puntuales de bajo importe puede bastar una confirmación por email. Para eventos importantes como bodas o reportajes corporativos, un contrato firmado es imprescindible. Debe incluir alcance, entregables, plazos, cesión de derechos y política de cancelación con depósito no retornable.
¿Cómo funciona la cesión de derechos en fotografía?
Por defecto, el fotógrafo retiene los derechos aunque haya cobrado el trabajo. Para ceder derechos al cliente (uso comercial, publicidad, redes) hay que incluirlo expresamente en el contrato. Puedes ceder derechos limitados (tiempo, medio, territorio) o derechos completos con exclusividad, con un precio diferente en cada caso.